


| España subvenciona la compra de vehÃculos eléctricos |
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| Lunes, 05 de Diciembre de 2011 |
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Ya está publicado el Real Decreto que regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehÃculos eléctricos nuevos. Tras una primera publicación, se ha decidido ampliar el tiempo de vigencia de las subvenciones, que será hasta el 30 de noviembre de 2012.  Las ayudas se concederán a las adquisiciones de vehÃculos eléctricos nuevos, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo, que se produzca a partir de la entrada en vigor y cuyas solicitudes se registren en el sistema telemático de gestión de la subvención antes del 16 de diciembre de 2011 para las operaciones realizadas en el actual ejercicio y desde el 1 de enero de 2012 hasta el 30 de noviembre de 2012 para las operaciones realizadas en 2012 o, en ambos casos, hasta el agotamiento de los fondos.  Los vehÃculos objeto de la subveción se dividen en dos tipos:  - Furgonetas N1: vehÃculos de motor destinados al transporte de mercancÃas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilos.  - Furgones N2: vehÃculos de motor destinados al transporte de mercancÃas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada igual o superior a 3.500 kilos e inferior a 12.000 kilos.  Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación en el sistema electrónico de gestión hasta el 15 de diciembre de 2011 y para las solicitudes presentadas en 2012, hasta el 30 de noviembre de 2012 o en ambos casos, hasta el agotamiento de los fondos, en caso de producirse con anterioridad. Â
 El órgano competente resolverá las solicitudes presentadas en el periodo de prórroga correspondiente a 2011, es decir, desde el 1 al 15 de diciembre de 2011, no más tarde del 30 de diciembre de 2011. El beneficiario deberá justificar la adquisición y matriculación del vehÃculo mediante el registro en el sistema electrónico de gestión, de la factura de la compra y el permiso de circulación. La fecha tope es el 31 de mayo de 2012 para las ayudas concedidas en 2011 y el 31 de mayo de 2013 para las concedidas en el ejercicio 2012.  El Real Decreto es el 648/2011  |
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