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La venta de un camión no impide a un transportista autónomo seguir en el régimen de módulos

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Desde enero de 2016 está en vigor el nuevo límite máximo de facturación para que los transportistas autónomos puedan seguir acogidos al régimen de módulos del IRPF e IVA. La norma modificada en octubre de 2015 establece el límite de exclusión del régimen de módulos en 125.000 euros de facturación anual, que sube a 250.000 euros si se realiza en más de un 50% a clientes particulares.

La Agencia Tributaria ha confirmado que para la aplicación de los límites de exclusión, sólo se computarán las operaciones que tengan la consideración de rendimientos íntegros de la actividad económica. Es decir, los ingresos obtenidos del cliente del transportista autónomo por los servicios de transporte prestados y, por lo tanto, los importes derivados de la transmisión de bienes de inversión (como los camiones) no deberán computarse para el límite de exclusión del régimen de módulos.

El departamento dependiente del Ministerio de Hacienda recuerda que el nuevo límite establecido tiene carácter transitorio, ya que sólo será de aplicación para los ejercicios fiscales 2016 y 2017, por lo que, a partir de 2018, no se podrá acoger al régimen de módulos el transportista autónomo que en el año anterior haya facturado más de 75.000 euros anuales.

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Raquel Arias

Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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