

La Tripartita
El actual Gobierno de España se caracteriza por decir un día una cosa y al siguiente la contraria. Estamos cansados de verlo. Es más grave todavía comprometer su palabra y luego realizar exactamente lo opuesto.
Debido a la previsión que la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido sobre el riesgo de nevadas durante los próximos días, la Dirección General de Tráfico recuerda a los conductores que tengan que desplazarse por carretera planificar el viaje antes de salir, consultar el pronóstico meteorológico y el estado de la circulación de la red viaria.
El 1 de diciembre se ha celebrado la reunión de presentación a las asociaciones nacionales de transportistas del Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 2021. La presentación del plan ha correspondido a la subdirectora general de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, acompañada de los responsables de inspección de las comunidades autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha.
El Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), ha remitido en el día de hoy una comunicación al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, instándole a retomar las mesas de negociación con el
sector de sus reivindicaciones interesadas en su escrito del pasado 20 de febrero, con base a los compromisos asumidos por el Ministerio el pasado mes de julio.
En la 43ª asamblea anual de la Agrupación Empresarial de Transporte de Cantabria (AETRAC) celebrada de manera telemática, el presidente de la agrupación empresarial de transporte cántabro se hizo eco de las enormes dificultades y los riesgos que los profesionales de la carretera han tenido que superar para realizar su actividad durante los primeros meses de la pandemia.
Tras analizar el trabajo realizado en el seno de la Comisión Tripartita, constituida por el Ministerio de Transporte Movilidad y Agenda Urbana para abordar la problemática de la carga y descarga por los conductores, con la presencia del propio ministerio, del Comité Nacional de Transporte y de las asociaciones de empresas cargadoras más representativas, el departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera ha decidido dar por concluida su presencia en dicha mesa, al entender frustrado el objeto y fines de dicha Comisión.
El 6 de noviembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Sentencia de 28 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso 1/317/2019, interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra el artículo 2, apartado veintidós del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas complementarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.
¿Existe una “vacuna” para el transporte?
Entre las novedades más polémicas incluidas en el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), que entró en vigor en febrero de 2019, se encuentra la nueva regulación sobre el requisito de honorabilidad, que conforme a la normativa europea se considera uno de los cuatro requisitos necesarios para ejercer la actividad del transporte por carretera.
El departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera ha hecho pública su preocupación por las consecuencias que van a derivarse de la anulación del artículo 2.22 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el artículo 44 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), en el inciso relativo a la antigüedad máxima de cinco meses de los vehículos a efectos de la obtención de una autorización de transporte de mercancías por carretera.
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia con relación al recurso promovido en su día por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobado por el Gobierno que entró en vigor en febrero del pasado año. El el Auto, el Alto Tribunal asume los argumentos defendidos por este organismo que consideraba “injustificada” y “desproporcionada” la exigencia de una antigüedad máxima de cinco meses para la obtención de la autorización de transporte para quienes pretenden acceder por primera vez al sector.
El Consejo de Ministros del martes, 15 de septiembre, ha llegado a un acerdo para autorizar la tramitación administrativa urgente de una modificación en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) que establecerá un régimen sancionador para los casos de morosidad en el transporte de mercancías por carretera.
Al mismo tiempo que los cambios contenidos en el Paquete de Movilidad sobre el Reglamento de Conducción y Descanso, los reglamentos sobre acceso al mercado y profesión y la Directiva sobre desplazamiento de conductores, también se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2020 sobre información electrónica relativa al transporte de mercancías (eFTI).
En diciembre de 2017 entró en vigor la resolución de la Dirección General de Tráfico por la que se estableció, por primera vez, en las restricciones anuales a la circulación de camiones, la prohibición permanente de circulación en las carreteras nacionales N-232 y N-124 y su desvío obligatorio a la autopista de peaje AP-68, lo que supone más de 150 kilómetros de carreteras a su paso por las comunidades autónomas de La Rioja y el País Vasco.
El presidente de la CETM, Ovidio de la Roza, escribe una carta abierta a todo el sector del transporte de mercancías por carretera y a toda la sociedad para destacar el papel que tiene en la economía del país y en la importancia que adquiere cuando un Gobierno decide confinar a una población, debido a una crisis sanitaria. Sólo el transporte de mercancías por carretera, y no otro, ha sido capaz de abastecer a la ciudadanía, que ha permanecido confinada en sus casas, esperando que pase el peligro de contagiarse y de colapsar el sistema nacional de salud.
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