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Miércoles, 28 Mayo 2025
    Legislación europea - Transporte Profesional

    La comisaria europea de Transportes, la rumana Adina Valean, desde su toma de posesión a finales de 2019, ha venido posicionándose en contra de muchas de las medidas más relevantes contenidas en el Paquete de Movilidad, teniendo como aliados a los países de Europa del Este que, durante la tramitación del proyecto legislativo, llevaron a cabo una actuación beligerante contra su aprobación definitiva, y que ahora pretenden tumbar en el Tribunal de Justica europeo.

    La exigencia de una prueba PCR a los transportistas que crucen por la frontera austriaca desde Italia y Alemania desde La República Checa y la propia Austria se mantendrá, al menos, hasta el 5 de marzo, y deberá ir redactada en alemán o inglés, aunque ahora también se admite en italiano.

    A partir del 1 de marzo de 2021 será obligatorio para los vehículos de más de 12 toneladas de MMA cumplir con la “Direct Vision Standard” (DVS) para poder acceder y operar en la zona de Gran Londres.

    La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) se une a la Organización Internacional del Transporte (IRU), de la que forma parte, para reclamar la eliminación de las limitaciones que algunos países europeos están imponiendo a los  profesionales del transporte de mercancías.

    La propuesta de la Comisión Europea para un nuevo Reglamento Ómnibus ha sido aprobada en primera lectura en el pleno del Parlamento Europeo, tras lo cual deberá ser aprobada de manera formal por el Consejo, y entrará en vigor una vez sea publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

    Aunque el acuerdo suscrito entre la Unión europea y el Reino Unido ha permitido dar continuidad a los flujos comerciales entre los diferentes países de la Unión Europea y el país británico, el establecimiento de los nuevos controles fronterizos y aduaneros está afectando de forma negativa a la prestación de los servicios de transporte por carretera, tanto de exportación como de importación de mercancías.

    Si bien el acuerdo suscrito entre la Unión europea y el Reino Unido a finales del pasado mes de Diciembre ha permitido dar continuidad a los flujos comerciales entre los diferentes países de la Unión Europea y el país británico tras la finalización del período transitorio el pasado 31 de diciembre, aunque el establecimiento de los nuevos controles fronterizos y aduaneros está afectando de forma negativa a la prestación de los servicios de transporte por carretera, al ralentizarse la actividad de los camiones que realizan dichos servicios.

    Durante la reunión de la comisión de Transporte y Turismo (C-TRAN) del Parlamento Europeo celebrada entre el 25 y el 26 de enero, los miembros se reunieron con Maja Bakran Marcich, directora general adjunta de Movilidad y Transportes, y debatieron la reciente propuesta de la Comisión Europea sobre las medidas temporales relativas a la validez de los certificados y licencias (Ómnibus 2), en respuesta a las circunstancias extraordinarias derivadas de la actual crisis de la COVID-19.

    Siguiendo la política de “cierre de fronteras” llevada a cabo por otros países europeos (como es el caso de Alemania, Bélgica y Portugal), el Gobierno francés ha aprobado un Decreto de restricciones por el que desde el domingo 31 de enero cualquier viajero, independientemente de su modo de transporte (aéreo, marítimo o terrestre), que desee llegar a Francia desde un país del área europea (Unión Europea, Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza) está obligado a presentar el resultado de una prueba PCR realizada 72 horas antes de la salida.

    La grave situación de emergencia sanitaria en que se encuentra Portugal por la pandemia ha obligado al presidente de la República a aprobar un nuevo Decreto de estado de emergencia, adoptando un conjunto de medidas durante, al menos, las próximas dos semanas. El objetivo es evitar la propagación del virus, por lo que se establece un confinamiento y la suspensión de actividades económicas y docentes no esenciales o el cierre de fronteras terrestres, aéreas y marítimas con determinadas excepciones.

    La grave situación sanitaria que atraviesa Europa en la tercera ola de la pandemia de la covid-19, con un alarmante avance del número de contagios, está obligando a varios Estados miembros a adoptar medidas restrictivas de la movilidad entre los países con el fin de contener el avance de la pandemia, lo que afectará de forma negativa a la actividad que realizan los transportistas españoles que se dedican al transporte internacional, a los que se les exigirá realizar diferentes medidas sanitarias de control.

    La Organización Internacional del Transporte (IRU), de la que forma parte la Confederación Española de Transportes de Mercancías (CETM) envió una carta en el mes de diciembre a la Comisión Europea (DG MOVE y DG GROW) expresando su preocupación ante la obligación que ha impuesto Francia de señalar los puntos ciegos de los vehículos pesados.

    La grave situación sanitaria que se atraviesa en España y en el conjunto de países europeos en la tercera ola de la pandemia del covid-19, con un alarmante avance del número de contagios, ha llevado a la Comisión Europea a plantear la aprobación de un nuevo conjunto de normativas y moratorias para garantizar la continuidad del transporte, ampliando los plazos de validez de determinados certificados, permisos y autorizaciones de transporte.

    El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha hecho llegar a la CETM información de la Embajada de España en Reino Unido relativa al transporte terrestre de mercancías desde Reino Unido a la Unión Europea ante la entrada en vigor de las nuevas regulaciones. Advierten que es probable que se produzcan demoras en el tránsito de vehículos hasta que los transportistas se familiaricen con los nuevos procedimientos aduaneros y de tránsito.

    El acuerdo suscrito entre la Unión europea y el Reino Unido el 24 de diciembre permitirá dar continuidad a los actuales flujos comerciales entre España y el país británico tras la finalización del período transitorio establecido el 31 de diciembre, teniendo en cuenta que representa el quinto país de destino de las mercancías españolas, que son transportadas por una flota aproximada de 8.000 camiones españoles.

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mediante una sentencia dictada, ha confirmado la aplicación de la Directiva europea sobre el desplazamiento de trabajadores (que fue aprobada en 1998 y modificada en 2015), también a los conductores que realizan servicios de transporte y de cabotaje internacionales. Esta sentencia obliga a que los conductores profesionales desplazados a percibir la regulación salarial existente en el país donde prestan sus servicios.

    La Comisión Europea ha publicado una nueva comunicación que, además del texto de la comunicación, incluye un anexo que contiene todas las medidas de contingencia de la Comisión Europea y un anexo sobre divulgación a la sociedad, anunciando la presentación de una propuesta de reglamento de contingencia para transporte de mercancías y de pasajeros por carretera. Esta propuesta deberá ser aprobada por los Estados miembros y el Parlamento Europeo. Una vez aprobado, se aplicará a partir del 1 de enero de 2021 en caso de que un Acuerdo UE-Reino Unido no haya entrado en vigor y en caso de que el Reino Unido corresponda a las medidas.

    La reciente aprobación del Paquete de Movilidad en el transporte por carretera que ha traído consigo cambios importantes, demandados en muchos casos por la mayor parte del sector. Sin embargo, esto ha creado ciertas dudas sobre la aplicación e interpretación de algunas cuestiones muy relevantes para las empresas transportistas y el desarrollo práctico de su actividad. Tras un periodo de consultas abierto por la Comisión, se ha hecho público un documento aclaratorio de preguntas y respuestas sobre la nueva reglamentación europea en materia de tiempos de conducción y descanso, que entró en vigor el pasado 20 de agosto.

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